Por unanimidad el pleno de la 63 Legislatura del Congreso del Estado de Sinaloa, en sesión pública extraordinaria, aprobó tipificar en el Código Penal el delito de crímenes de odio por razones de orientación sexual, preferencia sexual o identidad de género.
Con esta reforma se establece que quien cometa el delito de crimen de odio se le impondrán de veintidós a cincuenta años de prisión; y de treinta a cincuenta y cinco años de prisión, si entre el activo y la víctima existió una relación de matrimonio, concubinato o hecho, de parentesco, laboral docente o cualquiera que implique subordinación o superioridad.
Además se agrega en el Código Penal un nuevo tipo penal con la finalidad de otorgar protección a las personas que son discriminadas por su orientación sexual, específicamente a la población Lesbianas, gay, bisexuales, transgénero, travesti, transexuales, intersexuales y queer.
Al respecto Tiago Ventura, Presidente de Sinaloa Incluyente, señaló que con está aprobación se hace justicia a las 18 víctimas de crímenes de odio en el estado.