Por unanimidad el Congreso del Estado de Sinaloa reformó su Ley Orgánica con el propósito de implementar un Sistema Electrónico de Votación en el Pleno, que servirá como una herramienta para agilizar los trabajos legislativos y transparentar la toma de decisiones del pleno.
De acuerdo con las reformas aprobadas, será obligación de las y los diputados, registrar su asistencia al inicio de las sesiones del Pleno del Congreso, a través del Sistema Electrónico de Asistencia y Votación.
Los secretarios de la Mesa Directiva en coordinación con la Secretaría General del Congreso deberán abrir el Sistema Electrónico de Asistencia y Votación, cuando menos treinta minutos antes de la hora prevista para el inicio de la sesión plenaria.
El Sistema Electrónico de Asistencia y Votación deberá estar disponible para que los legisladores registren su asistencia a las sesiones del Pleno del Congreso, hasta en tanto la presidencia de la Mesa Directiva no decrete el cierre del periodo de registro de Asistencias.
Para la práctica de las votaciones nominal y económica en las sesiones del Pleno, se utilizará en principio el Sistema Electrónico de Asistencia y Votación, para que cada Diputada o Diputado, desde su Curul, tenga la opción de votar a favor o en contra y los resultados aparezcan en un tablero.
En la utilización del Sistema Electrónico de Asistencia y Votación, el Presidente de la Mesa Directiva indicará el tiempo del que dispone cada legislador para emitir su voto, sin que sea menor a dos ni mayor a diez minutos; una vez concluido el tiempo disponible el Secretario de la Mesa Directiva en turno preguntará si falta alguna Diputada o Diputado por emitir su voto, y en su caso, lo registrará nominalmente.
Las votaciones nominales y económicas se llevarán a cabo utilizando el Sistema Electrónico de Asistencia y Votación.
El Decreto entrará en vigor al momento de su aprobación por el Pleno y deberá publicarse en el Periódico Oficial "El Estado de Sinaloa".