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05 de Noviembre del 2024
Política

CJF obliga a jueces a retomar actividades tras paro

CJF obliga a jueces a retomar actividades tras paro

El pleno del Consejo de la Judicatura Federal (CJF) ha emitido una resolución que marca el fin del paro de labores en todos los tribunales y juzgados del país

Este resultado, comunicado a través de la Circular 22/2024, ordena a jueces y magistrados federales reanudar sus actividades y atender todos los casos, no solo aquellos considerados urgentes. La medida responde a la falta de cumplimiento por parte de los trabajadores con lo acordado en una votación realizada el 11 de octubre por la Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito (Jufed)
La resolución del CJF se fundamenta en el hecho de que los actos de protesta, incluyendo el paro y la obstrucción del acceso a los juzgados, no cuentan con respaldo en el derecho burocrático. En este sentido, el CJF enfatiza que los funcionarios judiciales tienen la obligación legal de cumplir con las disposiciones administrativas, lo que incluye el control de asistencia para asegurar un adecuado desempeño del servicio público .

La CFJ resuelve sobre la designación -a través de concursos de oposición-, la adscripción, la ratificación y la remoción -mediante la resolución de quejas administrativas y denuncias-, de magistrados de Circuito y Jueces de Distrito. Los acuerdos se adoptan por mayoría simple de cuatro votos o por mayoría calificada de cinco votos

Durante una sesión que se extendió por más de tres horas, los miembros del pleno, entre ellos la ministra Norma Lucía Piña Hernández y otros magistrados, reafirmaron que la reanudación de actividades debe realizarse en los horarios establecidos y bajo las mismas condiciones laborales previas al paro. Esto busca prevenir responsabilidades que pudieran surgir en perjuicio de los trabajadores debido a las formas de protesta adoptadas.
A pesar de que el CJF reconoce el derecho de los empleados a manifestarse, se subraya que en este caso específico no se ha ejercido adecuadamente ese derecho según las leyes burocráticas pertinentes. La circular también aclara que no se iniciarán procedimientos disciplinarios automáticos contra ningún trabajador del Poder Judicial

Además de abordar el levantamiento del paro, el pleno del CJF discutió la posible cancelación del artículo 51 bis del acuerdo general, que permite a los titulares de órganos jurisdiccionales remover a trabajadores. Sin embargo, esta decisión se pospuso para ser discutida en una sesión futura




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