Por unanimidad el Congreso del Estado de Sinaloa aprobó diversas disposiciones legales para penalizar las terapias de conversión sexual, imponiendo sanciones que van de dos a seis años de prisión, y de 200 a 400 días multa a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento o práctica que impida el libre ejercicio de la identidad o expresión de género.
El objetivo de estas reformas es proteger la dignidad y sus derechos humanos, sobre todo de las infancias.
Almendra Ernestina Negrete Sánchez, Diputada Presidenta de la Comisión de Equidad, Género y Familia:
"El día de hoy todas y todos hacemos historia, Sinaloa avanza cada vez más hacia un Sinaloa de paz, un Sinaloa más incluyente, un Sinaloa donde todas, todos y todes podemos vivir seguros y libres".
Con estas reformas la ley establece que este delito será perseguido por querella, a excepción de que las víctimas sea niños, adolescentes, personas con discapacidad o adultos mayores, donde será por oficio.
También se contempla que cuando estas conductas sean cometidos por los padres o tutores de la víctima se les impondrán de 3 meses a un año de prisión, o de cien a doscientos días multa.