Se castigará con 8 años de prisión a los funcionarios públicos de seguridad, administración y procuración de justicia que filtren imágenes o información de víctimas, esto luego de que el Congreso del Estado de México aprobara por unanimidad de votos la denominada Ley Ingrid, la cual busca respetar la dignidad de las personas aún después de la muerte.
Las penas aumentarán si el material divulgado refiere a videos o imágenes sobre la circunstancia de la muerte o sobre los cadáveres de mujeres, niñas o adolescentes; así como lesiones o estado de salud.
Con esto se busca frenar la "violencia mediática de género" con la revictimización interminable de mujeres violentadas y cuyos restos son exhibidos en redes sociales y medios de comunicación.
Se adicionó el artículo 227 Bis al Código Penal local, donde establece una pena de 3 a 6 años de prisión y multa por un importe equivalente de 50 a 100 veces el valor diario de la unidad de medida y actualización, a quien cometa este tipo de delitos.
Lay ley castigará a quienes audiograben, comercialicen, compartan, difundan, distribuyan, entreguen, expongan, envíen, filmen, fotografíen, intercambien, vendan, publiquen, remitan, revelen, transmitan o videograben, imágenes, audios, videos o documentos de cadáveres o parte de ellos, relacionados con una investigación penal, de las circunstancias de la muerte o de las lesiones que estos presentan.
¿Cómo surge la Ley Ingrid?
La Ley Ingrid nace a partir del caso de Ingrid Escamilla, de 25 años, quien fue asesinada por su pareja, Erick Francisco "N", quien para eliminar las evidencias descuartizó a la joven entre el 8 y 9 de febrero de 2020.
Al día siguiente, la imagen del cuerpo de Ingrid fue publicada en las portadas de periódicos de nota roja con los titulares "Descarnada" y "La culpa la tuvo cupido".