En sesión extraordinaria urgente, el Consejo General del IEEPCO determinó exhortar a las y los actores políticos de la entidad a efecto de que limiten su actuar a los cauces legales y se abstengan de realizar actos de proselitismo hacia la ciudadanía mediante la entrega de productos básicos o de salud que contengan propaganda electoral, la cual implique utilización de nombres, colores, imágenes, sonidos o cualquier distintivo que haga alusión a personas, asociaciones, sociedades, empresas, sindicatos, confederaciones, administraciones municipales o partidos políticos; así como cualquier acto relacionado con la promoción personalizada en medios de comunicación y redes sociales a propósito de la contingencia sanitaria por la propagación del COVID-19.
En el exhorto emitido se señala que, de incurrir en la promoción de propaganda con fines electorales durante la emergencia sanitaria, las y los actores políticos podrían ser acreedores a sanciones que van desde la amonestación hasta la cancelación del registro como partido local o la pérdida del registro de la candidatura para ciudadanas y ciudadanos que pretendan acceder a un cargo de elección popular. Asimismo, se determinó que, en caso de que se tenga conocimiento de indicios de conductas relacionadas con proselitismo electoral, se adoptarán las medidas necesarias para el trámite y substanciación de los procedimientos sancionadores correspondientes.
Además, durante la sesión se aprobaron nuevas medidas que se suman a las implementadas en días pasados para coadyuvar en la prevención de la propagación del virus SARS-CoV-2, en ese sentido, el Consejo General autorizó la celebración, a través de herramientas tecnológicas, de sesiones virtuales o a distancia, ordinarias y extraordinarias, del Consejo General, Comisiones del Consejo General o la Junta General Ejecutiva del IEEPCO durante el periodo de medidas sanitarias derivado de la pandemia de COVID-19.
En otro punto del orden del día, el Consejo General aprobó el informe final que presentó Gabriela Gómez Esteban en su calidad de interventora para llevar a cabo el Procedimiento de Liquidación del otrora Partido Político Local Social Demócrata, el cual contiene las etapas del procedimiento y las actividades realizadas con el patrimonio del extinto partido político conforme a la normativa aplicable y determina concluidas con las actividades establecidas sin existir bienes o recursos remanentes. En ese sentido, el Consejo General acordó la conclusión del Procedimiento de Liquidación del otrora partido político.