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24 de Diciembre del 2024

Política

Necesario que vote 40% del electorado en revocación de mandato


A partir del primero de noviembre de este 2024 el gobernador de Sinaloa Rubén Rocha Moya llega a la mitad de su administración, lo que significa que podría ser sometido a una consulta de revocación, de acuerdo a la Ley de Revocación de mandato publicada en febrero de este año.

Para que se inicie el proceso de revocación de mandato es necesario que sea solicitado por la ciudadanía, en un periodo dentro de los tres meses posteriores a que se cumpla el tercer año de gobierno.

En el caso del actual gobernador de Sinaloa, a menos de una semana de cumplir su tercer año como titular del ejecutivo, un grupo de ciudadanos entregó al Instituto Estatal Electoral (IEES) la solicitud para iniciar la consulta.

Los ciudadanos señalan que la ola de violencia que ha afectado al Estado desde el pasado nueve de septiembre son una muestra de la ingobernabilidad que persiste en la entidad y afirman no confiar ya en el gobernador Rocha Moya.

Por su parte al recibir dicha solicitud el IEES aclaró que la misma debe ser revisada por el consejo electoral para confirmar que cumple con todos los requisitos necesarios para su procedencia, y dar pie al inicio de recabación de firmas.

Es necesario señalar que de acuerdo al artículo siete de la Ley de Revocación de Mandato; para que se realice la consulta de revocación la solicitud debe ser respaldada por el 10 por ciento del padrón electoral en Sinaloa distribuidos en al menos 11 municipios, lo que en este caso se traduce en poco más de 200 mil firmas. *(1 y 3)*

Una vez respaldada la solicitud, el Instituto Electoral deberá emitir la convocatoria para la consulta de revocación de mandato, la cual deberá publicarse en el Periodico Oficial del Estado de Sinaloa para que 90 días después se lleve a cabo la misma.

Una vez realizada la consulta para que esta proceda tienen que haber participado en ella el 40 por ciento del padrón electoral, de lo contrario los resultado de la misma no serán vinculantes para el Gobernador en turno.

Cabe mencionar que otro punto que se debe aclarar por las autoridades electorales es sí esta ley es aplicable realmente para Rubén Rocha Moya, ya que su mandato inició en 2021 mientras que la ley, que no es retroactiva, se publicó en 2024.






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