La Comisión Nacional de Derechos Humanos se inconformó ante la Suprema Corte de Justicia en contra de la 62 legislatura del Congreso de Sinaloa, por aprobar la Ley de Derecho a la Vida.
Esta, de acuerdo con la solicitud, viola siete leyes y tratados que ha suscrito México.
El texto que se reformó está inscrito en el decreto 861, por el que se reformó el artículo 4º Bis A, fracción I, que a la letra dice que "desde el momento en que un individuo es concebido, entra bajo la protección de la Ley correspondiente hasta su muerte, respetando en todo momento la dignidad de las personas".
Ese texto se incluyó en la Constitución Política del Estado el 26 de octubre de 2018.
José Carlos Álvarez Ortega, presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, indicó que el organismo local hizo una recopilación de información periodística que se compartió con la Comisión Nacional.
"Esa acción de inconstitucionalidad efectivamente se presentó por parte de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, está en trámite en la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Nosotros no tenemos participación ahí, solamente de estar pendiente del trámite que la misma Suprema Corte está dando a esta acción".
El organismo nacional indicó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación que se encontró posible violación a los derechos de dignidad de la persona, a la vida privada, a la integridad personal, al de sexuales y reproductivos, al libre desarrollo de la personalidad y plan de vida, a la protección de la salud, a la seguridad jurídica, a decidir sobre el número y espaciamiento de hijas y/o hijos, a la igualdad y a la no discriminación, y al principio de legalidad.
Al tener esa posible violación de derechos, la Comisión precisó que el derecho a la vida es, al igual que el resto de los derechos reconocidos, pero que no existen derechos humanos absolutos, y por tanto, no existen derechos más importantes que otros y no es posible hacer prevalecer uno sobre otros en todos los casos.