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25 de Noviembre del 2024
Economía

No olvide que en estos meses llegan las utilidades

No olvide que en estos meses llegan las utilidades

¿Sabía usted que como trabajador o trabajadora de una empresa tiene derecho a cobrar utilidades?, esto es gracias al artículo 117 de la Ley Federal del Trabajo, en el cual se contempla que los colaboradores forman parte de las ganancias de una compañía, por lo que tienen derecho a recibir un porcentaje de ellas.

"es decir que año con año los que trabajan con una empresa, con persona moral, entre el 1 de abril y 30 de mayo reciben una parte de esas utilidades" dijo el titular de la Secretaría de Trabajo, Gabriel Biestro

En caso de laborar con una persona física las utilidades pueden llegar en un lapso del 1 de mayo al 29 de junio.

Esto es una derecho que los trabajadores tienen, sin embargo es importante mencionar que el reparto de ganancias no aplica para colaboradores que tienen menos de 60 días trabajando, o bien directores, administradores, gerentes.

"Socios o de quien preste su servicio como honorarios y no exista una relación de trabajo subordinada empleado - patrón" dijo el titular de la Secretaría de Trabajo, Gabriel Biestro

Ahora bien, en caso de no recibir sus utilidades, si usted trabaja con una persona moral, a partir del día siguiente del 30 de mayo y hasta un año podrá presentar una queja ante la Procuraduría General de la Defensa del Trabajo.

Los números en donde usted podrá levantar sus denuncia son los siguientes: 

800-911-7877 o bien al 22-22-49-8814

"A la Secretaría de Trabajo del estado no le toca esa parte pero con gusto todo el equipo jurídico está preparado para acompañar y asesorar a todo aquel trabajador, trabajadora que tenga dudas al respecto" dijo el titular de la Secretaría de Trabajo, Gabriel Biestro

En relación a los patrones, en caso de no realizar un reparto de utilidades existen sanciones realizadas por las autoridades competentes, por lo que se reitera a los trabajadores que no reciban sus utilidades levantar su queja para que se determine el castigo correspondiente.

"siempre y cuando sea una empresa, por ejemplo también la empresa si tiene menos de un año, de haberse creado o si tiene unas utilidades menores a los 300 mil pesos" dijo el titular de la Secretaría de Trabajo, Gabriel Biestro

Con estás características las empresas están libres de otorgar utilidades.








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