La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó esta tarde no amparar a la comunidad de Tecolémic, perteneciente al municipio de Ixtacamaxtitlán, luego de que en 2015 promovieran un amparo para evitar la extracción de minerales derivado de dos concesiones otorgadas a la minera Almaden Minerals, en el año 2003.
Pobladores de la zona se interpusieron ante la extracción, pues las reformas estructurales promovidas por el gobierno anterior, permitieron concesionar grandes extensiones del territorio para la explotación de acuerdo a la Ley Minera.
Después de 7 años de resolutivas, La Justicia de la Unión declaró que ampara ni protege a los quejosos en contra del Artículo 6, párrafo primero; Artículo 10, párrafos primero y cuarto; 15 y 19, fracciones uno, dos, cuatro, cinco, seis, ocho y doce de la Ley Minera.
Aunque por otro lado declaró que en el asunto tercero, la justicia de la unión protege a los quejosos por los actos y para los efectos en este territorio, es decir, para cancelar las dos concesiones otorgadas a la Minera Gorrión, perteneciente a la empresa canadiense Almaden Minerals.
Esto se debe a que reconocieron que fue violado el derecho a la consulta y al consentimiento de la comunidad Tecoltémic, por lo que las dos concesiones mineras impuestas por la Secretaría de Economía sobre su territorio, deben ser canceladas.
A pesar de que se les otorgó esta resolución a la comunidad, se declaró también que la Ley Minera es constitucional por lo que seguirá siendo avalada.