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19 de Noviembre del 2024
Política

Corte anula objeción de conciencia para médicos

Corte anula objeción de conciencia para médicos

La Suprema Corte debate este martes 21 de septiembre los lineamientos de la nueva regulación sobre objeción de conciencia que el Congreso deberá legislar.

El pleno debate los límites que deberá establecer el Congreso de la Unión y en cuánto tiempo deberá estar lista la legislación.

Ayer, la Suprema Corte de Justicia de la Nación anuló la regulación a la objeción de conciencia, prevista desde 2018 en la Ley General de Salud de 2018, al considerar que no establece límites claros a la actuación del personal médico. 

La Corte invalidó el artículo 10 Bis de la Ley General de Salud que establecía que los médicos podrían negarse a realizar o participar en la prestación de servicios, pero no así cuando la vida de los pacientes se ponga en riesgo o se trate de una emergencia; negarse podría derivar en responsabilidades profesionales. 

"¿Nos vamos a tomar en serio los derechos de las mujeres o vamos a quitarles con una mano lo que aceptamos reconocerles con la otra?", cuestionó Arturo Zaldívar, presidente de la Corte, quien expresó que la legislación sobre la objeción de conciencia en la actualidad es un cheque en blanco para negar los servicios de salud reproductiva.

En un debate, los ministros consideraron que la legislación es ambigua, por la que ordenó al Congreso de la Unión a volver a someter a análisis dicha regulación, a fin de que viertan sugerencias que los ministros plantearán el día de hoy.

De acuerdo con los ministros, la regulación a la objeción de conciencia no define claramente los derechos de los pacientes, en especifico de las mujeres que decidan abortar, una vez que fue declarada inconstitucional la penalización de esta practica.


El pasado 13 de septiembre las y los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) iniciaron el debate sobre la acción de inconstitucionalidad 54/2018 promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), en torno a la reforma del artículo 10Bis de la Ley General de Salud, así como sus transitorios segundo y tercero. El primero reconoce el derecho del personal médico y de enfermería a la objeción de conciencia, mientras que, los segundos plantean que la regulación de la misma estará a cargo de la Secretaría de Salud.





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