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25 de Diciembre del 2024

Economía

¿Cuánto me darán de aguinaldo? Te contamos cómo calcularlo

A finales de cada año, todos los trabajadores en México que se rigen bajo la Ley Federal del Trabajo tienen derecho a recibir un aguinaldo, que es una prestación de ley que el patrón está obligado a pagar.


¿Cuándo y cuánto se paga?

   

Esta gratificación económica deberá entregarse antes del 20 de diciembre y ser equivalente, como mínimo, a 15 días de salario.

   

Todos los trabajadores tienen derecho a este pago, incluso aquellos que no han completado un año en la empresa.

   

En estos casos, recibirán una parte proporcional a los días trabajados.

   

Para calcular la parte proporcional, se toma como referencia los 15 días de aguinaldo estipulados por ley. Los días pueden aumentar dependiendo de la empresa en la que trabajes, pero nunca podrán disminuir.


¿Cómo calcular el aguinaldo?


  • Primero, divide el número de días de aguinaldo entre los días del año.
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  • Posteriormente, multiplica el resultado por el número de días desde que trabajas en la empresa.
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  • Finalmente, multiplica ese resultado por tu salario diario bruto (es decir, antes de impuestos).

El monto obtenido será el aguinaldo que recibirás al final del año.


Para quienes tienen más de un año trabajado en la empresa, el cálculo será su salario diario bruto multiplicado por el número de días de aguinaldo establecidos por el patrón.


Es importante recordar que los aguinaldos superiores a 30 unidades de medida, es decir, 3,257 pesos en 2024, estarán sujetos al pago de impuestos; los pagos menores estarán exentos.


¿Qué hacer si no te pagan el aguinaldo?


En caso de que no te paguen el aguinaldo, puedes acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) para recibir asesoría.

   

En el caso de Querétaro, la PROFEDET se encuentra en Calzada de los Arcos No. 278-C, segundo piso, Col. Loma Dorada, C.P. 76060. También puedes comunicarte al teléfono 442 235 4055, ext. 20730, o al teléfono directo 442 235 4056, ext. 20731.

   

Los afectados tendrán un año, contado a partir del 20 de diciembre, para exigir el pago de su aguinaldo.


Cabe destacar que esta prestación debe pagarse en efectivo y con moneda de curso legal. No está permitido realizar el pago con mercancías, vales, fichas u otras formas que sustituyan la moneda.





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