Las empresas fantasma, o empresas fachada, son empresas legales que no realizan actividades comerciales reales.
De acuerdo con Santiago Nieto Castillo, extitular de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) y de la Fiscalía Especializada para la Atención de los Delitos Electorales (Fepade), estas empresas se constituyen principalmente para la evasión fiscal y el lavado de dinero.
"Son aquellas que son constituidas tanto por personas morales como por personas físicas con el objeto de recibir dinero de procedencia ilícita o servir de vehículo para la extracción de dinero ilícito", comentó.
De acuerdo con Nieto Castillo, las empresas fantasma se constituyen principalmente en el sector de los medios de comunicación, construcción y servicios.
En México han ocurrido distintos casos de corrupción a través de empresas fantasma, uno de ellos la llamada Estafa Maestra durante la presidencia de Enrique Peña Nieto.
"Fue una operación desde Sedesol y desde Sedatu, Rosario Robles como secretaria, que generaba esas empresas fachada para poder extraer dinero, calculamos unos 8 mil millones de pesos desviados vía la estafa maestra", explicó.
Algunas de las características de estas empresas es que sus domicilios fiscales son terrenos baldíos o domicilios que no tienen la capacidad de generar una empresa, tienen baja rotación de personal y pocas personas registradas en el seguro social para evadir impuestos.
También tienen la particularidad de que se constituyen por poco tiempo para luego desaparecer y pueden facturar operaciones simuladas para lavar dinero.
Las personas que participen activamente en estas empresas podrían enfrentar distintas sanciones, desde fiscales hasta penales.
"Hay sanciones de naturaleza fiscal que tendría que ver con la pura generación de créditos fiscales y después el cobro que se le hace cuando la Procuraduría Fiscal denuncia ante la Fiscalía General de la República (FGR) por un tema de defraudación fiscal. También se cuenta el tema de lavado de dinero, el lavado de dinero hay una penalidad de 5 a 15 años de prisión, término medio aritmético para efectos de la prescripción serían 10 años", detalló.
A nivel nacional, la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) y el Sistema de Atribución Tributaria (SAT) pueden presentar denuncias contra empresas fantasma para que procedan ante instancias judiciales.
En Querétaro, la entidad capacitada para judicializar actos de evasión fiscal o de lavado de dinero a través de empresas fantasma es la Fiscalía Especializada en el Combate a la Corrupción, pues tiene como fin iniciar un proceso penal contra los responsables.