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08 de Noviembre del 2024

Política

La nueva realidad judicial en México

  • La Reforma Judicial busca erradicar la corrupción
  • Desaparece el Consejo de la Judicatura Federal

Por: Andrés Solis

La reforma al Poder Judicial busca acabar con la corrupción y hacer más eficiente acceso a la justicia que debe ser gratuita para todas las personas y su impartición debe ser pronta y expedita.

Por eso impone un plazo máximo de seis meses para que la Corte y los tribunales federales resuelvan cualquier caso y si ese tiempo se cumple sin que haya sentencia, las personas juzgadoras deberán informarlo y justificarlo ante el Tribunal de Disciplina Judicial.

Los juzgados y tribunales de circuito a nivel federal no sufren cambios sustanciales en su manera de trabajar, salvo la obligación de dictar sentencias en un plazo establecido.

El presupuesto será manejado por el órgano de administración judicial tras la desaparición del Consejo de la Judicatura y dispondrá de los recursos suficientes para que la población no tenga que gastar dinero en sus juicios.

La fracción décima del artículo 20 de la Constitución dice que este nuevo órgano administrativo deberá garantizar los recursos financieros y materiales necesarios para proteger a personas juzgadoras en casos relacionados con la delincuencia organizada.

El órgano administrativo también determinará el número, división en circuitos, competencia territorial y especialización por materias, entre las que se incluirá la de radiodifusión, telecomunicaciones y competencia económica, de los tribunales colegiados de circuito, de los tribunales colegiados de apelación y de los juzgados de distrito, además de que administrará los recursos y contenidos del canal judicial Justicia TV.

Diana Lastiri, abogada y periodista especializada en temas judiciales, destaca, "no nada más va a administrar, no nada más va a realizar el presupuesto y administrar el presupuesto de lo que sería juzgados y tribunales, sino también el de la Corte".

Donde hay cambios sustanciales es en el pleno de la Suprema Corte.

El pleno será de nueve y no once personas y desaparecen las salas especializadas, por lo que el pleno deberá recibir y atender todos los asuntos, resolverlos en un plazo de 60 días y aprobarlos por mayoría de seis votos.

Además, el artículo 105 de la Constitución establece que: "tratándose de controversias constitucionales o de acciones de inconstitucionalidad planteadas respecto de normas generales, en ningún caso su admisión dará lugar a la suspensión de la norma cuestionada".

Es decir, que una ley, reforma o derogación se mantendrá vigente, en tanto la Corte determine lo contrario, con lo que se garantiza que el trabajo legislativo y los decretos presidenciales no se interrumpan de facto por el Poder Judicial.





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