La Sala Superior del Tribunal Electoral (TEPJF) ordenó al Senado sustituir al Comité del Poder Judicial en la evaluación de aspirantes a jueces, esto después de que suspendiera sus actividades para seleccionar a los aspirantes que aparecerían en la boleta del próximo 1 de junio.
El Senado tendrá un plazo máximo de 24 horas desde la notificación de la sentencia incidental para expedir las medidas y los lineamientos necesarios para que se realice la etapa de evaluación de aspirantes a jueces que cumplieron con los requisitos de elegibilidad.
"Únicamente respecto de aquellos cargos en los que existan más postulantes del número de duplas o ternas que corresponda. En el entendido que en aquellos casos en los que no existan el número de aspirantes necesarios, estos pasarán directamente a la boleta correspondiente".
A más tardar el 4 de febrero, la Mesa Directiva del Senado deberá remitir las listas de ternas y duplas al Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para su aprobación, lo que deberá verificarse hasta el 6 de febrero.
"Se vinculó a la Mesa Directiva del Senado de la República para que dé continuidad al proceso de selección de personas elegibles y lleve a cabo la insaculación pública correspondiente, entre la lista de aspirantes que el Comité de Evaluación del PJF estimó que cumplieron los requisitos, y los que la Sala Superior ordenó incluir en la lista, la cual estará ajustada al número de postulaciones para cada cargo, conforme a cada Poder, atendiendo a su especialidad por materia y observando la paridad de género, a fin de que se sometan a consideración del Pleno de la SCJN".
El TEPJF autorizó que la Cámara Alta no realice el procedimiento para "evaluar la idoneidad de las personas aspirantes".
El TEPJF indicó que se tomó en cuenta la medida cautelar decretada por la Suprema Corte "para que no se impusiera sanción alguna a los integrantes del Comité (de Evaluación del Poder Judicial), por lo que a fin de cumplimentar la sentencia y garantizar la continuidad del proceso, se dictaron medidas para el cumplimiento sustituto de la ejecutoria".
En caso de que la SCJN no apruebe los listados, se tendrá por actualizada la lista y podrá remitir las candidaturas insaculadas de manera directa al Instituto Nacional Electoral (INE) para que siga con el proceso.