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29 de Diciembre del 2024

Política

La nueva realidad judicial, ¿qué implica la reforma?

  • Se modifica el número de ministros de la SCJN
  • Nacen el Tribunal de Disciplina Judicial y un órgano de administración judicial

Por: Andrés Solis
En 2021 se dio la última reforma al Poder Judicial de la Federación (PJF) que incluyó la obligación de juzgar con perspectiva de género, respetando los derechos humanos y que se hiciera en las lenguas originarias e indígenas de acuerdo a la población atendida, una reforma impulsada por el entonces ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.
En diciembre de 1994 el congreso aprobó la reforma impulsada por el expresidente Ernesto Zedillo que ordenó, entre otras cosas, la jubilación del pleno de la corte, que de 26 ministros, se redujeran a once, que se crearan las dos salas superiores y el Consejo de la Judicatura como instancia para vigilar la actuación de jueces, magistrados y ministros y responsable de administrar el presupuesto del poder judicial.
La reciente reforma al tercer poder establece un nuevo modelo de impartición de justicia a nivel federal.
El nuevo pleno de la Corte estará integrado por nueve ministros y ministras que deberán resolver todos los asuntos que reciba en un plazo máximo de seis meses y sus resoluciones serán por mayoría de al menos seis votos.
Diana Lastiri, abogada y periodista especializada en temas judiciales, explica "porque son nueve ministros con la reducción de once a nueve ministros, pues obviamente se tiene que reducir también esta mayoría calificada a seis votos y aparte porque, como eliminan también las salas, pues también se tiene que adecuar esta parte".
El Consejo de la Judicatura desaparece y en su lugar se crean el Tribunal de Disciplina Judicial y un órgano de administración judicial.
El Tribunal de Disciplina Judicial vigilará que personas juzgadoras respeten la Constitución y el interés público y sus decisiones serán inatacatables.
"Que si el tribunal determina que el juzgador en cuestión incurrió en alguna irresponsabilidad administrativa, que se le debe sancionar o incluso se le debe destituir e inhabilitar, ese juzgador ya no va a tener opción de ir a otra instancia a pedir que revisen la resolución del tribunal de disciplina judicial", destaca Diana Lastiri.
El órgano de administración judicial, será responsable de administrar el presupuesto de todo el Poder Judicial con capacidad, incluso, de definir el gasto de la Corte sin el aval del pleno, que en este caso, no será la máxima autoridad.





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