El exdirector de Petróleos Mexicanos (Pemex), Emilio Lozoya Austin, se desistió de la suspensión definitiva que le fue otorgada por un Tribunal federal en el caso Odebrecht, donde impugnó la medida de prisión preventiva justificada.
Lozoya ingresó al Reclusorio Norte el 3 de noviembre de 2021, lleva más de dos años internado sin condena; sólo está sujeto a la prisión preventiva justificada por el proceso abierto en su contra por el caso Odebrecht, donde se le acusa por los delitos de asociación delictuosa, lavado de dinero y cohecho.
La defensa de Lozoya presentó una petición ante el Segundo Tribunal Colegiado de Apelación en Materia Penal de la Ciudad de México para que un Juez de control se pronuncie sobre el otorgamiento de este beneficio. "Por medio del presente escrito me permito en este momento desistirme a mi entero perjuicio de la suspensión del acto reclamado que en su momento fue solicitada ante este Tribunal.
Lo anterior, puesto que el día de ayer [7 de diciembre] se celebró la audiencia para el cese de la prisión preventiva de mi representado ante el Juez de enjuiciamiento, ante el hecho de que el quejoso lleva dos años y un mes privado de su libertad sin que se haya dictado sentencia y el Juez de la causa determinó que derivado de esta suspensión en este juicio de amparo no es posible resolver la petición constitucional", dice el documento de la defensa que trascendió en los medios de comunicación.
El pasado 7 de diciembre, Gustavo Aquiles Villaseñor, Juez de control del Centro de Justicia Penal Federal en el Reclusorio Norte, llevó a cabo una audiencia donde Emilio Lozoya pidió el cambio de medida cautelar, tras más de dos años de prisión preventiva. Sin embargo, el juzgador declaró que estaba impedido para pronunciarse, pues está vigente una suspensión que le fue concedida por el Segundo Tribunal Colegiado de Apelación en Materia Penal en la Ciudad de México. La decisión de Lozoya de desistir fue presentada para que un Juez no se vea impedido para tomar una decisión sobre su cambio de medida cautelar, después de más de dos años en prisión.
La solicitud de cambio de medida cautelar, por parte de Lozoya, se basa en el criterio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que obliga a revisar la prisión preventiva después dos años de reclusión sin condena. Jueza le ordena devolver casa valuada en 38 mdp.
El pasado 23 de noviembre, la Fiscalía General de la República (FGR) sufrió un nuevo revés en uno de los casos contra Emilio Lozoya Austin, exdirector de Petróleos Mexicanos (Pemex), pues una Jueza ordenó devolverle su residencia valuada en 38 millones de pesos.
Ana Lilia Osorno Arroyo, Jueza Segundo de Distrito en Materia de Extinción de Dominio, resolvió que es improcedente la demanda de extinción de dominio de la FGR para hacerse de la residencia de Lozoya ubicada en Lomas de Bezares.
La impartidora de justicia argumentó que la Ley Nacional de Extinción de Dominio de 2019 no es aplicable a este caso porque Lozoya adquirió su casa en 2012.
"Debido a que el hecho ilícito de operaciones con recursos de procedencia ilícita (lavado de dinero), vinculado con el bien inmueble objeto del juicio, se consumó en el año 2012, esto es en una época en que dicho delito no estaba previsto de manera sustantiva en el Artículo 22 constitucional como supuesto de procedencia para ejercer la acción de extinción de dominio, pues debe considerarse que lo sustantivo no puede aplicarse sobre una hipótesis de procedencia no prevista", determinó la Jueza.
De acuerdo con la resolución, ya existe un pronunciamiento de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que acota de manera puntual que la extinción de dominio sólo es procedente en los supuestos antes de la entrada en vigor de la Ley Nacional de Extinción de Dominio.
La FGR, no ha podido cobrar a Lozoya ni un solo peso de la cantidad que pretendía y puede impugnar esta resolución ante un Tribunal Colegiado para que éste resuelva finalmente el caso.