"El virus SARS-CoV-2 ya se encuentra contemplado como enfermedad de trabajo en el artículo 513 de la Ley Federal del Trabajo, específicamente en la fracción 136, relativa a la virosis, como hepatitis, enterovirosis, rabia, psitacosis, neumonías a virus, mononucleosis infecciosa, poliomielitis y otras", así lo dio a conocer mediante un comunicado la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).
La dependencia encabezada por Luisa María Alcalde informó que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) publicó el 3 de abril de 2020 los "Criterios de calificación para casos con Covid-19 como enfermedad de trabajo", donde se establecen mecanismos para poder reconocer esta enfermedad no sólo en los casos de las personas trabajadoras del mismo Instituto, sino para todas las personas trabajadoras afiliadas al IMSS.
El beneficio del seguro de riesgos de trabajo del Instituto, se proporcionará "siempre y cuando las investigaciones determinen la causa-efecto, trabajo-daño".
Hasta el último reporte de la Secretaria de Salud: 1 millón 362 mil 525 personas se han recuperado de la enfermedad. Hay 1 millón 806 mil 849 contagios confirmados y 153 mil 639 defunciones confirmadas.