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12 de Febrero del 2025
Política

Diputados analizan reformas a Ley del ISSSTE e ingresos petroleros

Diputados analizan reformas a Ley del ISSSTE e ingresos petroleros

En un movimiento estratégico para fortalecer el sistema de seguridad social y el acceso a la vivienda para los trabajadores del Estado, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados ha canalizado una iniciativa del Ejecutivo Federal a comisiones para su análisis y dictamen



Esta propuesta legislativa busca reformar la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), abordando tanto el financiamiento de la institución como el derecho a la vivienda de los empleados estatales.


La iniciativa, remitida a las comisiones unidas de Vivienda y de Trabajo y Previsión Social para dictamen, y a la Comisión de Seguridad Social para opinión, plantea modificaciones cruciales en la forma en que se calculan las cuotas y aportaciones al seguro de salud.


Específicamente, se propone que estas contribuciones se realicen sobre el salario integrado cuando este exceda las diez Unidades de Medida y Actualización (UMAs). Con esto, se pretende robustecer las arcas del ISSSTE, permitiéndole financiar de manera más efectiva la prestación de servicios médicos en todas sus instalaciones



La reforma propuesta busca fortalecer el papel del Fondo de la Vivienda del ISSSTE (FOVISSSTE), otorgándole facultades ampliadas para la adquisición, construcción, rehabilitación y renta de vivienda destinada a los trabajadores del Estado



Esta medida tiene como objetivo dar cumplimiento al mandato establecido en el artículo 123, apartado B, fracción X1, Inciso f) de la Constitución Política, que garantiza el derecho a una vivienda digna para los empleados estatales. En este sentido, el Fondo estará habilitado para adquirir, rehabilitar y construir viviendas que serán vendidas o arrendadas a precios accesibles para los trabajadores y pensionados beneficiarios de la Ley, así como para adquirir o urbanizar terrenos destinados a la formación de unidades habitacionales. Incluso, se contempla la posibilidad de demoler viviendas o inmuebles adquiridos para llevar a cabo proyectos de rehabilitación y construcción.


En lo que respecta a la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos, las reformas propuestas, turnadas a las comisiones unidas de Energía y de Hacienda y Crédito Público, buscan dar continuidad a los esfuerzos iniciados en la administración anterior para recuperar la soberanía energética en beneficio de la población mexicana. Se reafirma la visión de que la energía es un insumo estratégico para el bienestar social y el desarrollo nacional, y no simplemente una mercancía.



En este marco, se establece que el Estado mexicano percibirá ingresos derivados de las actividades de exploración y extracción de hidrocarburos, así como por el Impuesto Sobre la Renta (ISR) que generen los contratistas por las actividades que realicen en virtud de un contrato



También se contemplan los ingresos provenientes de las labores que lleven a cabo los participantes de asignaciones para desarrollo mixto y por Área Unificada.


Adicionalmente, se actualiza la terminología utilizada en la legislación, sustituyendo referencias a la Ley de Hidrocarburos por Ley del Sector Hidrocarburos, Comisión Nacional de Hidrocarburos por Secretaría de Energía, empresas productivas del Estado por empresas públicas del Estado, y Del Derecho por la Utilidad Compartida por Del Derecho Petrolero para el Bienestar.


En lo que respecta al Derecho Petrolero para el Bienestar, se establece el pago anual de los asignatarios cuando se trate de hidrocarburos distintos al Gas Natural No Asociado y sus Condensados, extraídos en áreas terrestres, áreas marítimas con tirante de agua inferior a quinientos metros y en el Paleocanal de Chicontepec. Se especifican también las condiciones para el Gas Natural No Asociado y para los hidrocarburos extraídos en áreas marítimas con tirante de agua superior a quinientos metros.



La reforma incluye referencias a contratos para la exploración y extracción, y define el Área Unificada como aquella en la que se instruyó la unificación por tratarse de un yacimiento compartido, de acuerdo con la Ley del Sector Hidrocarburos



Finalmente, se derogan las referencias al Derecho de Extracción de Hidrocarburos y al Derecho de Exploración de Hidrocarburos. Se establece que el asignatario deberá presentar ante la Secretaría de Energía un reporte trimestral detallado de las inversiones, costos y gastos realizados durante el ejercicio correspondiente por cada campo de extracción de hidrocarburos.






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