Este sábado 17 de abril entraron en vigor las reformas y adiciones a diversas disposiciones de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, aprobadas el miércoles pasado en el Senado de la República
El Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil contendrá, sobre cada línea telefónica móvil, la siguiente información:
Número de línea telefónica móvil; fecha y hora de la activación de la línea telefónica móvil adquirida en la tarjeta SIM; nombre completo o en su caso, denominación o razón social del usuario; nacionalidad; número de identificación oficial con fotografía o Clave Única de Registro de Población del titular de la línea; datos biométricos del usuario y, en su caso, del representante legal de la persona moral; domicilio del usuario; datos del concesionario de telecomunicaciones y esquema de contratación de la línea telefónica móvil, ya sea pospago o prepago
Los concesionarios que no presenten los avisos de actualización, hagan un uso indebido de los datos, registren información falsa o faciliten los registros a terceros que no tengan derecho, se harán acreedores a multas de mil 792 pesos hasta un millón 344 mil 300 pesos.