A partir de la entrada en vigor del decreto que crea la Guardia Nacional, gobernadores de todas las entidades del país, deberán entregar un diagnóstico y programa para fortalecer los cuerpos policiacos estatales y municipales en un plazo máximo de 180 días.
De acuerdo con el Artículo Séptimo Transitorio, ambos documentos se presentarán ante el Consejo Nacional de Seguridad Pública (CNSP), presidido por el Ejecutivo federal e integrado por los secretarios de Gobernación, Defensa Nacional, Marina; el fiscal General de la República; los propios gobernadores; el comisionado nacional de Seguridad, y el secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, respectivamente.
El precepto señala que, para la ejecución del programa para el fortalecimiento de las policías, se establecerán las previsiones necesarias en los presupuestos de Egresos de la Federación y de las entidades federativas, sobre la base de la corresponsabilidad, a partir del ejercicio fiscal de 2020.
Un año después de haberse emitido el programa, los gobernadores enviarán anualmente a las Legislaturas de sus estados y al Consejo Nacional de Seguridad Pública la evaluación integral del mismo con el informe sobre los avances en los objetivos señalados y su cumplimiento en un horizonte de seis años.
Los resultados de la evaluación serán considerados por los órganos correspondientes, para el ajuste del programa y su calendario de ejecución.