El Senado de la República ha aprobado por unanimidad la llamada "Ley Silla", que establece la obligación de los empleadores de proporcionar sillas con respaldo a sus trabajadores
Esta reforma busca garantizar que aquellos que laboran en sectores como comercio y servicios tengan acceso a un lugar para sentarse durante su jornada laboral, lo que es fundamental para su bienestar y salud. El dictamen, que recibió 104 votos a favor, modifica diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo. A partir de ahora, los empleadores deberán ofrecer un número adecuado de asientos para que los trabajadores puedan descansar o desempeñar sus funciones, prohibiendo así que se les exija permanecer de pie durante toda la jornada laboral. Esta medida es especialmente relevante para aquellos empleados que pasan largas horas en pie, como los trabajadores de supermercados y tiendas departamentales.
La senadora Geovanna Bañuelos, presidenta de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, enfatizó que esta ley aborda un tema crítico para la salud y dignidad de los trabajadores.
Estudios han demostrado que estar de pie por períodos prolongados puede llevar a problemas cardiovasculares y otros trastornos de salud, lo que hace aún más urgente la implementación de esta normativa
Además, el proyecto establece que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social deberá emitir normas sobre los factores de riesgo asociados al trabajo en un plazo no mayor a 30 días tras la entrada en vigor del decreto. Los empleadores tendrán 180 días para ajustar sus políticas internas y cumplir con las nuevas disposiciones.
La Ley Silla no es una propuesta nueva; ya había sido discutida anteriormente en el Senado, pero fue desechada en la Cámara de Diputados al final del periodo legislativo anterior. La actual versión fue impulsada nuevamente por legisladores como Patricia Mercado y Ricardo Monreal, quienes han destacado la necesidad de mejorar las condiciones laborales en México.
El incumplimiento de esta ley conllevará sanciones económicas, con multas que oscilarán entre 250 y 2,500 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA). En casos de reincidencia, se podrá ordenar la suspensión temporal de las actividades laborales hasta que se cumpla con lo establecido
Los legisladores han subrayado que esta legislación no solo beneficiará a los trabajadores del sector privado, sino que también plantea un modelo a seguir para el sector público. Sin embargo, algunos críticos han señalado que es necesario extender estas medidas a todos los trabajadores del Estado para garantizar condiciones laborales dignas en todos los ámbitos.