Buscar
22 de Septiembre del 2024
Política

Ordenan suspender publicación de la reforma judicial en el DOF

Ordenan suspender publicación de la reforma judicial en el DOF

Por unanimidad de votos, el Tribunal Colegiado del Trigésimo Segundo Circuito, con sede en Colima ordenó suspender la publicación de la reforma judicial en el Diario Oficial de la Federación (DOF) hasta que un juez de Distrito resuelva si concede la suspensión definitiva a la organización Fundación Iris en Promoción y Defensa de los Derechos Humanos A.C., que puso una queja, argumentando el incumplimiento de una suspensión previa por parte de diversas autoridades.

Los magistrados declararon fundada la queja de la asociación civil contra los efectos de la suspensión provisional que un juez les otorgó en el amparo que tramitaron para que no se llevara a cabo la discusión y aprobación de la reforma judicial en las cámaras de Diputados y Senadores. 

Los impartidores de justicia consideraron procedente modificar la resolución del juez y otorgarle a la asociación la medida cautelar, pues la publicación y entrada en vigor de la reforma ocasionaría daños y perjuicios de imposible reparación.

  • "Por resultar parcialmente fundados los agravios hechos valer, lo procedente es declarar fundado el presente recurso de queja y modificar los efectos de la suspensión, para que las autoridades responsables no materialicen los actos reclamados, esto es:
  • "Que no se lleve a cabo la discusión y aprobación de la iniciativa de reforma a la Constitución, en las Cámaras de Diputados y Senadores".
  • "Que no se lleve a cabo la discusión y aprobación de la iniciativa de reforma a la Constitución en las legislaturas de los Estados de la República Mexicana y de la Ciudad de México, en específico el tema jurídico relativo al Poder Judicial".
  • "En caso de que el procedimiento de reforma constitucional impugnado se apruebe [ver artículo 135 constitucional], por las autoridades responsables, el decreto respectivo no se publique en el Diario Oficial de la Federación".

Los magistrados mencionaron que la pretensión de la reforma judicial es clara en cuanto a que tiene como fin o efecto "desaparecer el Poder Judicial de la Federación como fue establecido por el Poder Constituyente en la Carta Fundamental".

El Tribunal Colegiado rechazó la solicitud de la fundación para que se pidiera a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que ejerciera su facultad de atracción, toda vez que en este asunto se están analizando cuestiones relacionadas con la suspensión provisional, las cuales deben resolverse dentro del plazo legal de 48 horas.

El presidente López Obrador había informado que la Reforma al Poder Judicial reforma judicial se publicaría el 15 de septiembre tras la aprobación en 21 congresos estatales. 




Noticias Similares



Noticias Destacadas



Más de Meganoticias