No se despenalizará el aborto en Veracruz, ya que cuatro ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) votaron en contra del proyecto que obligaba al Congreso reformar su Código Penal en favor de los derechos reproductivos de las mujeres.
Al no aprobarse la propuesta, que discute asuntos civiles y penales, se impidió que fuera la primera vez que la SCJN invalidara el código penal de un estado por criminalizar el aborto.
En el proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, se planteaba que la actual legislación de Veracruz es omisa, discriminatoria y violatoria a los derechos reproductivos de las mujeres.
Esto no permitirá que defensoras de derechos humanos presenten recursos similares en otras entidades con la esperanza de sentar jurisprudencia.
En nuestro país solo la Ciudad de México y Oaxaca permiten la interrupción legal del embarazo hasta las 12 semanas de gestación, aunque en todos los estados se autoriza por violación y en casi todos por riesgo a la salud y muerte de la madre.
En 2008 la Suprema Corte falló a favor de los derechos reproductivos de las mujeres al validar en la interrupción legal del embarazo en Ciudad de México. En 2019 validó también la Norma Oficial Mexicana (NOM) 46, que permite a cualquier víctima de violación pueda abortar sin tener que presentar pruebas.