De acuerdo al artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, el próximo miércoles 25 de diciembre y también el 1 de enero del 2025, son días de descanso obligatorio, por lo que quienes laboren en estas fechas, deberán recibir el doble de su sueldo, informó la subsecretaría del Trabajo de la entidad.
Precisó que este derecho laboral implica que las y los trabajadores no están obligados a prestar servicio esos días. Sin embargo, en sectores clave -como el turístico-, donde es indispensable contar con personal, las empresas o negocios deben garantizar el pago correspondiente al salario doble y su sueldo normal, por laborar en dichas fechas.
Quienes no reciban su pago correspondiente pueden acudir a la Dirección del Trabajo en la calle Aniceto Castellanos # 231 colonia San Pablo en Colima; mientras que en Tecomán en la calle Miguel Hidalgo # 245, a un costado de la Presidencia Municipal; y en Manzanillo acudir al Complejo Administrativo de Seguridad (cuarto módulo); de lunes a viernes de las 9:00 de la mañana a 3:00 de la tarde.