De acuerdo con el Reglamento de Orden y Justicia Cívica de Manzanillo, el uso de la pirotecnia, así como su comercialización sin tener un permiso que lo respalde, establece multas económicas, arresto o bien trabajo a favor de la comunidad.
El capítulo VIII habla de las infracciones y sanciones contra la seguridad de la comunidad, particularmente el artículo 146, que especifica, en su fracción I, que vender artificios o juguetería pirotécnica sin la autorización de la autoridad competente, equivale a imponer una multa de 21 a 30 Unidades de Medida y Actualización que representarían 2 mil 886 pesos, arresto de 25 a 36 horas o la misma cantidad de tiempo en trabajo a favor de la comunidad.
Asimismo, la fracción II, establece que detonar cohetes en la vía pública o propiedad privada, causando molestias a terceros y/o sin la autorización correspondiente se impondrá una multa de 21 a 30 UMAS, que representarían 2 mil 886 pesos, arresto de 25 a 36 horas o la misma cantidad de tiempo en trabajo a favor de la comunidad.
La población puede realizar las denuncias o quejas correspondientes al teléfono de la Dirección General de Seguridad Publica y Policía Vial, 314 113 19 00. #PorAmorAManzanillo #SeguimosHaciendoHistoria