En la edad adulta es cuando se busca una seguridad y tranquilidad económica la cual retribuya los años laborados, principalmente para poder solventar temas de salud, alimentación y renta.
Así lo explicó Ángel Durán Pérez, asesor jurídico de víctimas por la violación de derechos humanos titular de ASVI.
"Si no cotizas en el seguro social, si no cotizas ante una institución que te puede pensionar por Ley, por supuesto que puedes durar 20 ó 30 años trabajando en la construcción, pero si nunca te dieron de alta en una institución en donde te puedes pensionar, pues no vas a tener seguridad".
Por lo que en caso de tener dudas es importante acudir a la institución que va a pensionar, ya sea mediante el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado o el Seguro Social.
"Aquí es bien importante que toda persona desde que empieza a laborar se de cuenta si está amparado con ese derecho a la seguridad social, es decir a tener una pensión después de haber trabajado 30 ó 35 años".
En México existen diversos tipos de pensiones, por lo que todo trabajador tiene la responsabilidad de mantenerse al pendiente de las modificaciones legislativas, recordando que en todo momento se le debe respetar el derecho a la pensión de acuerdo al momento en que se dió de alta y la ley que se encuentra vigente.