Durante la Sesión Ordinaria de este jueves, diputados de la Sexagésima Legislatura del H. Congreso del Estado aprobaron dos decretos relativos a estímulos fiscales, uno en beneficio de las y los contribuyentes del municipio de Villa de Álvarez, otro en beneficio de usuarias y usuarios de la Comisión de Agua Potable, Drenaje y Alcantarillado del Municipio de Manzanillo (CAPDAM).
En el primer documento aprobado, presentado en tribuna por la diputada Fernanda Salazar, en su Artículo Primero, el Decreto expone que "se otorgan estímulos fiscales a favor de los contribuyentes del Municipio de Villa de Álvarez, Colima, para que las contribuciones se cubran por excepción a la autoridad municipal, en los términos que disponen los artículos siguientes:
ARTÍCULO SEGUNDO.- Se autoriza el 15 por ciento de bonificación a favor de los contribuyentes que paguen el impuesto predial por anualidad adelantada durante los meses de febrero y marzo de 2024; siempre que el monto de dicho impuesto sea mayor a 2 unidades de medida y actualización, en predios urbanos, y de 3 unidades de medida y actualización en predios rústicos.
ARTÍCULO TERCERO.- Atento a lo dispuesto en el artículo 33 del Código Fiscal Municipal del Estado de Colima, se autoriza el pago en parcialidades del impuesto predial, respecto del ejercicio fiscal 2023 y ejercicios fiscales anteriores; mismo que podrá realizarse por ejercicio fiscal adeudado, siempre que el monto de dicho impuesto sea pagado en su totalidad por ejercicio fiscal completo.
ARTÍCULO CUARTO.- Se autoriza el descuento del 100 por ciento de los recargos generados y de las multas impuestas por pago extemporáneo, a favor de los contribuyentes que cumplan con su obligación de pago del impuesto predial, correspondiente a la totalidad de los bimestres del ejercicio fiscal 2023 y ejercicios fiscales anteriores, incluidos aquellos predios por los que se opte el pago en parcialidades, siempre que sea por ejercicio fiscal completo y el adeudo sea liquidado en su totalidad.
ARTÍCULO QUINTO.- Se autoriza la ampliación del plazo para el refrendo de licencias para el funcionamiento de establecimientos o locales cuyos giros sean la venta y consumo de bebidas alcohólicas, hasta el 30 de septiembre de 2024.
ARTÍCULO SEXTO.- Se autoriza el descuento del 100 por ciento de los recargos generados por la falta de pago oportuno de las multas de orden administrativo impuestas, derivadas de infracciones en materia de tránsito y vialidad, respecto al ejercicio fiscal 2024 y ejercicios fiscales anteriores.
ARTÍCULO SÉPTIMO.- Se autoriza el descuento del 50 por ciento en el cobro de las multas impuestas por infracciones a las disposiciones contenidas en el Reglamento de Tránsito y Vialidad del Municipio de Villa de Álvarez, respecto al ejercicio fiscal 2024 y ejercicios fiscales anteriores.
ARTÍCULO OCTAVO.- Se autoriza el descuento del 100 por ciento de los recargos generados por la falta de pago oportuno de infracciones impuestas en materia de desarrollo urbano, por lo que ve a los conceptos de licencias de construcción y remodelación de obras; y en materia de uso de vías públicas, en los conceptos de materiales para la construcción y escombro; así como el descuento del 50 por ciento en el cobro de multas acaecidas por los mismos conceptos, respecto al ejercicio fiscal 2024 y ejercicios fiscales anteriores.
ARTÍCULO NOVENO.- Se autoriza el descuento del 100 por ciento de los recargos generados por la falta de pago oportuno de infracciones en materia de ecología, comprendidas en el Reglamento Ambiental del Ayuntamiento de Villa de Álvarez, Colima; así como el 50 por ciento de descuento en el cobro de las multas acaecidas por los mismos conceptos, respecto al ejercicio fiscal 2024 y ejercicios fiscales anteriores.
ARTÍCULO DÉCIMO.- Se autoriza el descuento del 100 por ciento de los recargos generados y las multas impuestas por el incumplimiento a lo estipulado en los convenios de pago en parcialidades que, respecto de los derechos por la prestación de los servicios en materia de cementerios, y en relación a los ejercicios fiscales 2024 y anteriores, han suscrito los contribuyentes con las autoridades fiscales del municipio de Villa de Álvarez, Colima.
ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO.- Se autoriza el descuento del 100 por ciento de los recargos generados por el incumplimiento a lo estipulado en los convenios de pago que, respecto de los derechos por la prestación de los servicios especiales de aseo público, consistente en la recolección domiciliaria de residuos sólidos, y en relación a los ejercicios fiscales 2024 y anteriores, han suscrito los contribuyentes con las autoridades fiscales del municipio de Villa de Álvarez Colima.
ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO.- Se autoriza el descuento del 50 por ciento de las multas impuestas por infracciones en materia de limpieza y mantenimiento de predios urbanos y rurales, comprendidas en el Reglamento de Predios del Municipio de Villa de Álvarez.
ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO.- Se autoriza el descuento del 100 por ciento de las multas impuestas, respecto de los aprovechamientos consignados en los artículos octavo y noveno del presente Decreto, a favor de los contribuyentes que regularicen el pago del impuesto predial del ejercicio fiscal 2023 y ejercicios fiscales anteriores, incluidos aquellos predios por los que se opte el pago en parcialidades, siempre que sea por ejercicio fiscal completo y el adeudo sea liquidado en su totalidad.
Es importante señalar que este Decreto aprobado está en vigor, a partir del hábil siguiente al de su aprobación por el Poder Legislativo del Estado de Colima, y permanecerá vigente hasta el día 30 de septiembre de 2024.
Posteriormente, en un documento presentado en tribuna por la diputada Andrea Naranjo, en el Decreto aprobado se autoriza "a la Comisión de Agua Potable, Drenaje y Alcantarillado del Municipio de Manzanillo, para que otorgue a favor de los usuarios de los servicios doméstico, comercial, industrial y mixto, el descuento del 100 por ciento en las multas impuestas y los recargos generados por la falta de pago oportuno de los derechos por la prestación de los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento, a quienes realicen pagos de adeudos correspondientes al ejercicio fiscal 2024 y ejercicios fiscales anteriores".
Igualmente, el Decreto está en vigor el día hábil siguiente al de su aprobación por el Poder Legislativo del Estado de Colima, y permanecerá vigente hasta el 30 de septiembre de 2024.