Diputados de la LIX legislatura aprobaron reformar y adicionar varios artículos del Código Electoral de Colima, con el objetivo de proteger a las mujeres de posibles violencias políticas que puedan generarse durante procesos electivos.
Una de las modificaciones respecto a temas de género se contempla la necesidad de que los partidos políticos electorales creen mecanismos internos para prevenir, sancionar y erradicar la violencia política contra las mujeres por razón de género, expuesto en el artículo 51 del Código.
Además, deberán determinar y hacer públicos los criterios para garantizar la paridad de género en las candidaturas a cargos de elección popular, los cuales, deberán ser objetivos y asegurar condiciones de igualdad sustantiva entre mujeres y hombres.
Otra de las reformas es la inclusión de jóvenes entre 18 y 30 años de edad en por lo menos el 30% de las candidaturas, respetando la paridad y alternancia de género; además las personas suplentes también deberán tener el rango de edad ya señalado.
Los partidos políticos también deberán determinar y hacer públicos los criterios para garantizar la cuota jóvenes, cuidando siempre la paridad de género. No se admitirán criterios en los que se asignen las candidaturas en distritos o municipios donde el partido haya tenido los porcentajes más bajos de votación.
Serán causa de pérdida del registro o inscripción cuando se ejerza, motive, incentive, tolere o permita la violencia política en razón de género entre sus militantes, simpatizantes, precandidatas y precandidatos, candidatas y candidatos, así como el incumplimiento de las obligaciones para prevenir, atender y erradicar dicha violencia política.