El Congreso de Michoacán aprobó por unanimidad reformar la ley que regula el uso de cubrebocas en el estado, para que este sea de carácter opcional en espacios públicos y privados abiertos.
Las modificaciones a la Ley, señalan, que se considera de carácter opcional en lo anteriormente mencionado, sin embargo continuarán como obligatorio en establecimientos, oficinas y espacios cerrados, que no permitan la buena circulación del aire.
Es así, que en dichos espacios será necesario colocar un anuncio que informe a la ciudadanía sobre dicha disposición, en caso de que el individuo no cuente con un cubrebocas, el lugar deberá proporcionarle uno, si este se niega a usarlo, le será solicitado que se retire del lugar.
Para las personas que reinciden en el incumplimiento, podrán aplicarse sanciones que van de 1 a 15 UMAS.
Las Secretaría de Salud en el Estado y la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, serán las encargadas de la vigilancia de su cumplimiento.