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25 de Noviembre del 2024

Política

Así arrestarán a quienes no usen cubrebocas en Colima


La amabilidad podría terminar para las personas que se nieguen a usar cubrebocas en espacios públicos de Colima.

El Gobierno del Estado ha enviado al Congreso local una iniciativa de Ley que propone sanciones administrativas, económicas y hasta 36 horas de arresto, para atender la contingencia sanitaria por el virus SARS-CoV-2.

La propuesta busca hacer  obligatorias las siguientes medidas:

* Uso del cubrebocas higiénico, es decir, de tela, a personas en espacios públicos y al interior de comercios donde no sea posible el distanciamiento físico.  

*Uso de cubrebocas médico para personas con síntomas de Covid-19, ó mayores de 60 años, o que padezcan enfermedades concomitantes como diabetes, neumonía y cáncer.

*Uso de cubrebocas higiénicos para trabajadores y usuarios de oficinas públicas, choferes de transporte público, y colaboradores de establecimientos comerciales.

Las personas físicas o morales que se rehúsen a portar cubrebocas en los términos señalados, o incurran en actos de violencia por este motivo, podrán ser recibir multas, clausura temporal o definitiva y arresto hasta por 36 horas.

Las sanciones dependerán de:

*Los daños producidos o que puedan producir a la salud de las personas

* La gravedad de la infracción

* Las condiciones socioeconómicas del infractor

* La calidad de reincidente

La multa podría llegar a los 43 mil 440 pesos, equivalente a 500 veces el valor de una UMA y su aplicación será independiente de las medidas para subsanar las irregularidades.

En caso de reincidencia, se duplicará el monto de la multa.

Si los responsables continúan con conductas que representen peligro para la salud, se procederá a la clausura temporal o definitiva.

El arresto hasta por 36 horas será impuesto a quienes interfieran o se opongan a las funciones de la autoridad sanitaria; y a quienes, en rebeldía, se nieguen a cumplir las disposiciones. El arresto sólo procederá, si previamente, se dictó cualquier otra de las sanciones previstas.

Serán policías estatales o municipales quienes deberán remitir a los infractores al Juez Cívico, y este determinará si además del arresto, se impone multa y el monto.

Una vez aprobada la ley, los ayuntamientos contarán con un plazo de 10 días hábiles para reformar su reglamentación correspondiente. Estas medidas se mantendrían hasta que termine la emergencia sanitaria por Covid- 19.







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