Se tiene un total de 459 casos de incumplimiento de obligaciones de asistencia familiar, es decir que los responsables sin causa justificada han dejado de cumplir con sus obligaciones alimentarias decretadas por la autoridad judicial.
Así se especifica en las cifras del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, bajo el concepto de "alimentos", se comprenderán la comida, vestido, habitación y asistencia en caso de enfermedad, así como los gastos necesarios para la educación de los hijos menores de 18 años de edad.
En el desglose por mes las estadísticas están de la siguiente manera, en enero fueron 57 casos de omisión, en febrero 52, en marzo 88, en abril 59, en el mes de mayo 75, en junio 75 y en julio 53.
Esto tiene que ver cuando el responsable sin causa justificada, deja de cumplir con la obligación de proporcionar alimentos a sus hijos, cónyuge, concubino o cualquier otro familiar con quien tenga el deber de asistencia conforme a la legislación civil, es decir, cuando renuncie, abandone su trabajo, obtenga licencia sin causa justificada o se coloque dolosamente en estado de insolvencia.