El congreso del estado aprobó por unanimidad reformas al Código Penal de Colima, para endurecer las penas a quien cometa feminicidio, con la imposición de 40 a 60 años de prisión, multa de hasta mil 500 unidades de medida y actualización (UMA), y privación de derechos que le pudieran corresponder en relación a la víctima, incluidos los de carácter sucesorio.
Esta reforma también contempla que quien cometa homicidio por razones de orientación sexual o identidad de género, se le impondrán de 35 a 50 años de prisión y multa por el importe al equivalente de mil a mil quinientas unidades de medida y actualización.
El presidente de la Comisión de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales, Arturo García Arias, informó que la pena por feminicidio aumentaría hasta hasta diez años de cárcel, si causan incapacidad total permanente para trabajar; y hasta nueve si produce la pérdida de cualquier función u órgano o cause enfermedad incurable.
El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial "El Estado de Colima" y el Poder Judicial del Estado de Colima, tendrá un término no mayor a 90 días naturales, contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, para contar con los mecanismos y herramientas necesarias para dar cumplimiento de dichas reformas.