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25 de Noviembre del 2024

Sociales

Iglesias deben acatar acuerdo de reapertura gradual: abogado

Instituciones de gran influencia social como las iglesias y cultos religiosos, deben acatar las disposiciones del acuerdo por el que se establece el plan de reapertura gradual para las actividades sociales, educativas y económicas para el estado de Colima tras la emergencia generada por el virus Sars-CoV-2, advirtió el Presidente del Colegio de Abogados Académicos Independiente, doctor Ángel Durán Pérez.

"Es ley vigente, es impulante este acuerdo que emitieron las autoridades sanitarias para evitar el contagio de Coronavirus, en este momento que estamos en color naranja, tenemos que analizarlo, leerlo y aplicarlo / más las instituciones como las iglesias deben ser respetuosas de la legislación porque esta es una ley que insisto si en este momento que estamos en naranja las instituciones no cumplen les deberán hacer una sanción desde cierre, amonestación o multa por las autoridades sanitarias".

No obstante, recordó que es la autoridad sanitaria, la responsable de vigilar y hacer cumplir dicho acuerdo, publicado en el periódico oficial "El Estado de Colima" el 6 de junio de 2020.

"Estamos hablando del ejecutivo y del sector salud, debe estar por supuesto monitoreando que este acuerdo que ellos emitieron y que es obligatorio publicado / ellas son las que deben estar vigilando que se respete, porque si no se respeta pues estamos hablando de una legislación en letra muerta, es un acuerdo pero para efectos legales se debe entender como una ley porque es vinculante y el que no la cumpla incluyendo las propias autoridades que son las responsables y no la hacen cumplir quien no la cumpla como persona o institución puede ser sancionada".

El plan estatal de reapertura gradual para las actividades sociales, educativas y económicas, establece la suspensión de actividades en espacios públicos cerrados, incluso, el Comisionado Estatal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios, Antonio Fermín Ochoa Meillón, reiteró el cierre de espacios religiosos, a partir del 1 de enero de 2021.

"Establecimientos no esenciales con aforo al 0%, es decir, no deben estar funcionando; bares, cantinas, centros nocturnos, tables dance, discotecas, cines, lugares de culto religioso, iglesias de todo tipo, fiestas patronales, renta o préstamo de locales para fiestas no deben estar operando, gimnasios, zoológicos, deportes de contacto".






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