La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucionales el artículo 53, párrafo segundo y el artículo 71 de la Ley para Regular la Convivencia Civil de Colima, que permitían a una autoridad administrativa retener hasta por seis horas a menores de edad que hayan cometido alguna infracción, al igual que a personas con alguna discapacidad mental, a quienes proponía remitir a instituciones de salud.
Los ministros señalaron que este tipo de normas no solo violan la constitución, sino también convenciones internacionales en materia de respeto de los derechos humanos.
Estas impugnaciones fueron presentadas ante dicha instancia por la entonces Procuraduría General de la República y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.