Para inhibir el abandono por parte de familiares hacia los adultos
mayores, el Congreso local reformó el Código Civil para el Estado de
Colima, el cual dispone que las donaciones hechas por éstos puedan
revocarse si el donatario se desentiende del donante.
La Legislatura reformó también la Ley para la Protección de los Adultos en Plenitud del Estado de Colima, misma que agrega a las obligaciones de las familias de las personas de la tercera edad, la de evitar el abandono hacia ellas.
Las reformas al artículo 2260 del Código Civil y al 37 de la Ley para
la Protección de los Adultos en Plenitud, buscan combatir las
conductas que contengan expresiones de violencia, como el abandono.
De acuerdo con la ley la familia del adulto mayor debe cumplir su función permanentemente, debiendo velar por ellos, responsabilizándose de proporcionar lo necesario para su atención; protegiéndolos, apoyándolos y evitando que alguno de sus integrantes los discrimine o cometa abuso, explotación, aislamiento, violencia y abandono.