La ley sí permite que policías porten sus armas durante su descanso, sin embargo, además de es insuficiente, el Gobierno estatal no tramita la licencia correspondiente para que los elementos puedan llevar armamento estando francos, indicó Abraham Méndez Palomares, titular de la Coordinación de Abogados de Colima.
"El gobierno del Estado, de cualquier estado, debe hacer un trámite ante la Secretaría de la Defensa Nacional conforme lo estipula la Ley de Armas de Fuego y Explosivos para qué, a ciertas personas les concedan el permiso de traer armas fuera de los horarios que está establecido su trabajo".
Méndez Palomares resaltó que algo que también complica la portación de armas fuera de horarios de trabajo, es que el equipo es insuficiente en todas las corporaciones, por lo que muchos de los elementos portan una misma arma.
"Está restringido, no puede andar un policía fuera de servicio con un R-15 en la mano, está autorizado cierto tipo de armas, cierto tipo de calibres para que tengan aunque sea oportunidad de defenderse, pero si el gobierno, como parte patronal, no hace el trámite pues los policías van a seguir siendo carne de cañón".
Insistió que legalmente sí se puede, pero en este caso es responsabilidad del gobierno estatal tramitar la licencia, la cual, incluso, también debe renovarse periódicamente ante la Secretaría de la Defensa Nacional.