Buscar
28 de Noviembre del 2024

Seguridad

Masturbarse en vía pública puede tipificarse como pornografía


El acoso callejero tiene sanciones, y en el caso particular de quienes se masturban en vía pública, puede ser tipificado como pornografía.

"La conducta jurídica que se puede allegar más, sería a lo que es un delito de pornografía, que viene tipificado en el artículo 170 en la fracción tercera del código penal vigente en nuestra entidad", explica Diana Elizabeth Cortés Vaca , directora del Centro de Justicia para las Mujeres.

El artículo 170 del Código Penal Vigente contempla de uno a cinco años de prisión, y multa por un importe 200 unidades de medida y actualización, es decir, hasta 17 mil 924 pesos, a quien cometa este comportamiento.

"El ministerio público para que dé inicio a una. carpeta de investigación, esto lo puede hacer mediante una denuncia que recibe por cualquier persona ya sea un vecino, un familiar o la propia víctima", detalla.

Sin embargo, otras formas de acoso callejero son tratadas como una falta administrativa y corresponde a los ayuntamientos atender estas denuncias.

En julio de 2019, el Congreso local reformó la Ley para Regular la Convivencia Civil en el estado de Colima, con el objetivo de tipificar y sancionar el acoso sexual callejero. Se establecen arrestos de hasta 24 horas y multas de hasta 20 UMAS, es decir, mil 792 pesos.

En el Centro de Justicia para las Mujeres, no se cuenta con denuncias recientes de pornografía, hace cerca de cuatro años se abrió una carpeta de investigación por este delito, pero el asunto fue sobreseído.





Noticias Similares



Noticias Destacadas



Más de Meganoticias