De acuerdo con el presidente del Colegio de Abogados Penalistas, Mario García Solórzano, en Colima es común que la muerte tome por sorpresa a las personas y mueran sin haber hecho testamento, lo que significa que la familia puede pasar 10 o 15 años peleando por no perder su patrimonio.
Es decir que después de resolver en el ayuntamiento los errores en el nombre y la propiedad de la tumba que son situaciones normales, si no hay testamento los hijos y la esposa o el esposo tendrán que contratar un abogado para hacer un juicio de sucesión testamentaria legítima, pero si el occiso tiene deudas los acreedores pueden intentar cobrarse con los bienes que no tienen dueño.
"Como hay bienes y está intestado, entonces yo demando a la masa hereditaria y me cobro de los bienes que haya dejado el finado, porque lo permite la ley, porque ese dinero, esos bienes no son de nadie son del que se murió, para que sean de alguien tiene que promover el juicio intestamentario o en el otro caso, si hay deudas, pero todo está heredado, entonces no se puede cobrar, porque no son transferibles a las personas".
El abogado aclaró que las deudas con tarjetas bancarias o tiendas departamentales al morir el acreditado quedan suspendidas, siempre y cuando la familia no las siga utilizando. También se cancelan las deudas con el SAT, siempre y cuando no exista ya un proceso legal.
"Si ya tiene entablado un proceso administrativo legal, entonces si obviamente ellos van a ver la manera de recuperar el dinero y obviamente se van a la masa hereditaria, siempre todas las deudas se van a ir a la masa hereditaria en la vía intestamentaría, pero en la vía testamentaria no te puedes ir a nada porque ya está determinado la última voluntad".