En el municipio de Colima, existen 11 mil terrenos en la zona urbana en descuido o abandono, y para evitar focos de infección, el ayuntamiento cuenta con un reglamento que establece que una vez que los propietarios fueron notificados sobre la situación, cuentan con un plazo de diez días hábiles para ejecutar la limpieza, de no ser así, se harán acreedores a una multa equivalente al 3 por ciento del valor catastral del predio, misma que se recargará al recibo predial.
En Villa de Álvarez son alrededor de 16 mil lotes solo de áreas municipales. En la reglamentación de este municipio se establece que los propietarios tienen un plazo de tres días a partir de que se les notifica para realizar la limpieza junto con una amonestación. Si no atienden se les notifica que son candidatos a una sanción y si en un máximo de diez días más no realizaron la limpieza correspondiente los responsables se hacen acreedores a una multa equivalente a 884 pesos, más mil 600 por realizar la limpieza del mismo. Esta suma se le carga en el recibo predial. De acuerdo con la reglamentación, dichas acciones solo tienen permitidas realizarlas dos veces por año.