Buscar
26 de Noviembre del 2024
Seguridad

Periodistas presentan queja en Derechos Humanos contra Congreso Local

Periodistas presentan queja en Derechos Humanos contra Congreso Local

El Presidente del Consejo Directivo de la Federación de Asociaciones de Periodistas Mexicanos, A.C., Juan Ramón Negrete Jimenez, presentó una queja ante la Comisión Estatal de Derechos Humanos, en contra del H. Congreso del Esatdo de Colima y las Comisiones de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales, de Niñez, Juventud, Adultos Mayores y Discapacidad, y de Igualdad y Equidad de Género, de la Quincuagésimo Novena Legislatura, por haber presentado una iniciativa para adicionar el artículo 240 bis al Código Penal para el Estado de Colima, misma que fue aprobada por el pleno de ese Congreso.

Negrete Jiménez, explicó que este hecho agravia, no solo a los periodistas de la entidad, sino a todas las personas que manejan redes sociales, prensa escrita, televisión análoga o digital, pues se está vulnerando la Libertad de Expresión, así como el libre ejercicio de la profesión, pues, de acuerdo a esa adición que se hizo al Código Penal para el Estado de Colima, se castigará a quien; difunda, entregue, revele, publique, transmita, exponga, remita, distribuya, videograbe, audiograbe, fotografíe, filme, reproduzca, comercialice, oferte, intercambie o comparta imágenes, audios, videos o documentos del lugar de los hechos o del hallazgo, indicios, evidencias, objetos o instrumentos relacionados con un hecho que la ley señale como delito, con una pena de tres a seis años de prisión y una multa por un importe equivalente de cincuenta a cien veces el valor diario de la unidad de medida y actualización.

En un segundo párrafo de ese nuevo artículo añade que la sanción se incrementará, si se trata de imágenes, audios o videos de cadáveres o parte de ellos, de las circunstancias de su muerte, de las lesiones o estado de salud, la pena de prisión será de cuatro a siete años y la multa de setenta a ciento treinta veces el valor diario de la unidad de medida y actualización. Destaca en un tercer párrafo que "en razón de género, y tratándose de imágenes, audios o videos de cadáveres de mujeres, niñas o adolescentes, de las circunstancias de su muerte, de las lesiones o estado de salud, la pena de prisión será de cuatro a ocho años y la multa de ochenta a ciento cincuenta veces el valor diario de la unidad de medida y actualización.

En el último párrafo del artículo 240 bis, ya en vigor, señala que "cuando el delito sea cometido por persona servidora pública integrante de alguna institución policial, de procuración o impartición de justicia, se impondrá de cuatro a ocho años de prisión y multa de ochenta a ciento cincuenta veces el valor diario de la unidad de medida y actualización".

El gremio periodístico del estado considera que esta es una ley mordaza que censura la labor periodística, y por la manera en que está redactado, los está dejando en un estado de indefensión ante cualquier autoridad.





Noticias Similares



Noticias Destacadas



Más de Meganoticias