"Un vez que se establece la emergencia es la Secretaría de Comunicaciones y Transportes la única que pueda determinar la emergencia, no así la SEMARNAT ni la Profepa es como si la SCT dijera cuales son las mitigaciones ambientales que debe de recibir un proyecto obviamente no es de su jurisdicción por lo que en este caso el único que tiene jurisdicción para determinar si es o no una emergencia es la Secretaría de Comunicaciones y Transportes".
Pérez del Toro argumentó que el puente Tepalcates I está socavado en dos de sus estructuras debido a las corrientes internas generadas en la laguna de Cuyutlán, por lo que a nivel federal revisaron el diagnóstico y decidieron emitirles un permiso de emergencia para construir el segundo puente, esto a partir del 4 de julio del 2018, pero la obra comenzó en noviembre porque tenían que hacer el proyecto.
Precisó que el puente por el que circulan diariamente miles de vehículos y camiones pesados si implica algunos riesgos por la falta de mantenimiento.
"Me queda claro que de existir un riesgo inminente como ha existido en otros lugares sería la secretaría la que hubiera determinado cerrar el puente de manera definitiva, esto que estamos haciendo es preventivo, si esto se hiciera como debiera de hacerse y no atenderse como una emergencia seguramente podríamos llegar a que se clausurara el puente por un tema de socavación".