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07 de Octubre del 2024

Economía

Protocolo prevé reactivación total a partir del 29 de junio

El Protocolo de Actuación para la Nueva Realidad en el municipio de Colima contempla cuatro fases y prevé que a partir del 29 de junio se reactiven en su mayoría las actividades ordinarias, bajo nuevos hábitos y medidas de seguridad sanitaria.

Dicho acuerdo será obligatorio para los establecimientos regulados por el Reglamento para el Funcionamiento de Establecimientos Comerciales, Industriales y de Servicios del Municipio de Colima, además del Reglamento para la venta y Consumo de Bebidas Alcohólicas y el Reglamento para el Comercio en Mercados, Tianguis, Vía y Espacios Públicos.

De acuerdo al "Plan Colima y su Gente", a partir de la Fase 1 de Recuperación, del 1 al 14 de junio, las actividades esenciales y no esenciales podrán realizarse en áreas abiertas con medidas preventivas y restricción de capacidad. Restaurantes, bares y centros comerciales operarán con el 50% de su capacidad de aforo, con medidas de seguridad sanitaria obligatorias, como el uso de cubrebocas, antibacteriales y sana distancia.

Se reabren parques y áreas públicas con un máximo de cinco personas ejercitándose; las reuniones y eventos privados se permitirían con medidas restrictivas de aforo; los mercados, tianguis y puestos ambulantes operarán con medidas de seguridad sanitaria.

Las actividades del Gobierno Municipal operarán al 50%.

Para la fase 2, considerada del 15 al 28 de junio, se permitirá la reapertura de gimnasios, salones de fiestas con áreas abiertas, con el 50% de capacidad de aforo. Además, se incrementa a 20 personas ejercitándose en parques y áreas públicas; las actividades del Gobierno municipal se reincorporarán al 100% de capacidad.

La Fase 3 iniciará a partir del 29 de junio en adelante y se podrá retornar en su mayoría las actividades ordinarias con nuevos hábitos de seguridad. Se permitirá la reapertura de cines y casinos guardando medidas de seguridad sanitaria obligatorias.

El Protocolo de Actuación para la Nueva Realidad establece que los establecimientos que deseen incorporarse al "Plan Colima y su Gente" deberán presentar al Ayuntamiento el "Manifiesto de Adhesión al Plan Colima y su Gente".

Además, determina que el incumplimiento de las disposiciones dará lugar a la clausura de los establecimientos o suspensión de actividades hasta en tanto se cumpla.

Las medidas obligatorias de salubridad están dirigidas a establecimientos con venta de alimentos y/o bebidas; negocios sin venta de alimentos y para establecimientos que realizan actividad en la vía y espacios públicos, así como para negocios con servicios de reparto.

Algunas de ellas son:

Uso de careta, guantes, cubrebocas y sustancias antibacteriales.

Filtros de supervisión para toma de temperatura.

Menús sanitizados constantemente.

Limpieza y desinfección de las áreas de trabajo.

Todos los botes de basura deberán tener bolsa, tapa y pedal.

Evitar tener contacto físico con los clientes.






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