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25 de Noviembre del 2024
Obra Pública

¿Qué dice la Ley sobre las viviendas verticales?

¿Qué dice la Ley sobre las viviendas verticales?

En los últimos años, la zona metropolitana Colima-Villa de Álvarez no ha dejado de extenderse y desarrollarse, ante esta situación, en 2016, se promovió "la vivienda vertical como una estrategia para buscar la compactación de los ciudades y de alguna manera disminuir los costos de llevar los servicios de agua, drenaje y energía eléctrica a distancias más lejanas" de acuerdo a una legislación a nivel federal.


Para 2017, se hablaba de la "urgencia" de aprobar una nueva Ley General de Asentamientos Humanos para el estado de Colima, en donde se incluyera la construcción de edificios hasta de cinco niveles, sin embargo, hasta el momento no hay tal aprobación.


La vigente ley contempla en su Artículo 256 que " Toda obra de urbanización y edificación deberá respetar y responder a los lineamientos de su respectivo Programa Parcial de Urbanización, que le compete a cada Ayuntamiento, para garantizar la seguridad en el contexto urbano donde se ubique".


También en su artículo 113 habla de la zonificación urbana y las densidades poblacionales, así como  construcción, restricciones y seguridad, en cuanto los riesgos por ser zona sísmica.


En el caso específico de los Reglamentos de Zonificación de ambos municipios, se contempla la vivienda plurifamiliar vertical de al menos cuatro tipos, en donde su principal variación es la superficie en metros cuadrados y la densidad de población.






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