Con el objetivo de garantizar que la clase trabajadora reciba su aguinaldo en tiempo y forma, así como despejar todas las dudas respecto a este derecho laboral, se lleva a cabo el operativo pre-aguinaldo en el estado de Colima.
"Si trabajaste todo el año la ley marca que puedes recibir 15 días mínimo de aguinaldo de acuerdo a tu sueldo, si trabajaste 6 meses es la mitad de esos 15 días, si trabajaste 3 meses es una cuarta parte de esa prestación".
Esta prestación se debe entregar de manera económica; en cheque, transacción o efectivo, antes del 20 de diciembre. No es válido suplir el aguinaldo por cosas materiales, días laborales, alimentos, bebidas u otros.
"Aún así han habido empresas que hacen firmar a trabajadores en donde renuncian al aguinaldo, no es válido y en cualquier juicio es una prestación irrenunciable, universal".
Cuando exista una negativa por parte de la empresa en entregar en tiempo y forma el aguinaldo, pueden acudir a realizar su queja al departamento de Inspección Laboral de la Junta Local en calle Aniceto Castellanos #231 colonia San Pablo del municipio de Colima.
"Quiénes no tienen derecho a aguinaldo, todos aquellos trabajamos por honorarios, es decir, que emitimos nuestra factura, se la entregamos a nuestro patrón a nuestra empresa y la empresa nos paga/ de acuerdo como lo marca la Ley Federal del Trabajo".