La nueva Ley de Protección a los Animales de la Entidad, fue aprobada el 31 de agosto del 2011 por el congreso del Estado. La legislación faculta a la Secretaría de Salud y a los Ayuntamientos a practicar procedimientos de sanción en virtud de que esas autoridades cuenten con personal idóneo para realizar funciones de inspección, verificación y sanción administrativa.
Una vez aprobada la Ley, cada Ayuntamiento tiene la responsabilidad de elaborar su reglamento, así como las sanciones a quienes violenten la normatividad. También tienen la obligación de encargarse de recoger a los animales domésticos que deambulan por la vía pública sin dueño aparente, la sanción a quien efectué peleas caninas y la prohibición de arrojar cadáveres de animales en la vía pública o lote baldíos.
Las multas establecidas por la normatividad a quien atente contra la integridad, dignidad o crueldad injustificada de cualquier especie de animal doméstico van desde los 200 salarios mínimos hasta las 36 horas de arresto, así como clausura temporal o definitiva del establecimiento y la pérdida de la custodia del animal.
El documento oficial también contempla fomentar entre la sociedad una cultura de Protección a los animales y de denuncia. Con estas acciones se pretende que las asociaciones protectoras legalmente constituidas así como profesionales de la medicina veterinaria se sumen al desarrollo y ejecución de políticas públicas de bienestar animal.