La Secretaría de Salud y Bienestar Social y el DIF Estatal elaborarán un
Registro Estatal de Personas con Discapacidad, que remitirán
trimestralmente al Incodis, que otorgará el Certificado de reconocimiento y Clasificación de Discapacidad, para cuya persona deberá hacerle un historial clínico con el objetivo de otorgarle un seguimiento adecuado.
La modificación legal delimita el
proceso sancionador hacia personas o instituciones que obstaculicen la
inclusión de las personas con discapacidad y su participación en situaciones vitales.
Entre las nuevas infracciones a la norma, se encuentran el no realizar
las modificaciones arquitectónicas a los espacios de interés público que permitan una adecuada accesibilidad y libre desplazamiento, así como
la no inclusión a oportunidades laborales en las mismas condiciones que
el resto de la población.
También establece que el Ejecutivo y los ayuntamientos elaborarán, junto
con Incodis, sector salud e instituciones de asistencia social, un Plan
Estatal para la Inclusión de Personas con Discapacidad, dando prioridad
a programas de acceso a la información, creación de proyectos
productivos y auto-empleo que les generen ingreso.