La última multa por violar el horario establecido para la quema de caña en el municipio de Colima fue hace seis años.
"El Ingenio programa las quemas y eso no depende tanto del propietario del cultivo, casi siempre lo va programando el propietario del ingenio conforme va saliendo o conforme va madurando la caña / por eso es que no tenemos como un control de cuándo va a ser, dónde va a ser".
Lo anterior, debido a que no existen denuncias por parte de la ciudadanía.
"No podemos estar en todos lados obviamente en todas las áreas que tenemos como municipio que vigilar, por lo regular son denuncias las que recibimos".
El reglamento ambiental para el desarrollo sustentable del municipio de Colima, en su artículo 128, señala la quema de caña de azúcar con motivo de la cosecha deberá llevarse a cabo en los siguientes horarios:
Matutino: de las 00:01 a las 09:00 horas aplicable a los cultivos ubicados en el municipio de Colima al Sur de la ciudad de Colima.
Vespertino: de las 18:00 a las 23:00 horas para aquellos cultivos ubicados al Norte de la ciudad de Colima.
La multa por incumplimiento va de 1 a los 10 mil salarios mínimos de acuerdo a la gravedad de la infracción, es decir, de 141.70 pesos a 1 millón 417 mil pesos. Además de la clausura temporal o definitiva de la actividad que se realiza o arresto hasta por 36 horas.