En el estado de Colima ya se registran dos denuncias por actos anticipados de campaña.
La primera fue interpuesta antes del inicio del proceso electoral local, y en ella se señala al alcalde de Tecomán, Elías Lozano, a la titular de comunicación social y al partido político MORENA. La segunda denuncia se interpuso iniciado ya el proceso electoral local, y fue en contra del diputado federal Jorge Luis Preciado.
Por los tiempos en que fueron interpuestas, la primera deberá resolverse por el Instituto Electoral del Estado; la segunda, por el Tribunal electoral local., señala Arlen Martínez Fuentes, presidenta de la Comisión de Denuncias y Quejas del Instituto Electoral del Estado.
"Hay que analizar en su conjunto cada uno de los elementos con que se cuenta en el expediente para poder primero identificar si se trata de una infracción y si es así, la gravedad de la misma, y de acuerdo a lo que establece el Código Electoral y criterios que ha establecido el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, poder aprobar una sanción a un tipo de conducta infractora".
Un acto anticipado de campaña se constituye por los siguientes componentes:
-Un elemento personal: que la conducta sea cometida por partidos políticos, aspirantes, precandidatos o por candidatos y candidatas.
-Un elemento temporal: que se den antes del inicio formal de las campañas.
-Un elemento subjetivo: que la finalidad del mensaje esté relacionado con el llamado expreso al voto, en contra o a favor de una candidatura o partido, así como la solicitud de cualquier tipo de apoyo para contender en el proceso electoral.
Este 10 de diciembre inician etapas en las que, durante procesos pasados, se han señalado actos anticipados: del 10 de diciembre de 2020 al 8 de enero de 2021 se realizarán las precampañas para la selección de candidaturas a la gubernatura; en el mismo periodo, será la obtención de las firmas para quienes aspiran a una candidatura independientes a la gubernatura.
"La idea es que sea solamente dirigida a los militantes y simpatizantes de partido, en caso de que se vean aspectos que pudiera constituir que está dirigida esta propaganda a la ciudadanía en general o con una intención de llamar al voto a la ciudadanía en general, pues tendríamos elementos para iniciar un procedimiento especial sancionador", añadió.
Dependiendo de su gravedad, las sanciones por actos anticipados de campaña pueden ir desde:
- Amonestación pública
- Multa económica
- Retiro de la candidatura
En el proceso electoral pasado se tuvieron dos denuncias por actos anticipados de campaña, ninguna concluyó en sanción; también hubo cuatro denuncias por actos anticipados de obtención del respaldo ciudadano, sólo una llegó al Tribunal y las demás fueron desechadas.