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25 de Noviembre del 2024
Política

Aprueban por unanimidad Ley de Obras Públicas del Estado

Aprueban por unanimidad Ley de Obras Públicas del Estado

El pleno de la LXIII Legislatura del Congreso del Estado aprobó por unanimidad reformar, adicionar y derogar diversas disposiciones de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas del Estado de Sinaloa, a efecto de garantizar un marco competitivo para la contratación y ejecución de obras públicas

Esta reforma de 104 artículos posibilitará hacer un seguimiento detallado de cada proyecto en sus diversas etapas, y la sociedad tendrá toda la información necesaria para evaluar las acciones de obra pública, es producto del dictamen de cinco iniciativas presentadas por organismos como Iniciativa Sinaloa, A.C., Movimientos Interdisciplinario de Estudiantes Egresados de la UAS, MAPASIN, COPARMEX Sinaloa y Observatorio Ciudadano, Cámara de la Industria de la Construcción, la Federación de Autotransportisdas del Estado de Sinaloa, A.C.

La reforma desaparece la figura del procedimiento a tres empresas quedando solamente los de licitación y adjudicación directa limitando a Preecasin sólo a labores de conservación y mantenimiento, así como para los casos de urgencia que sean derivados de casos fortuitos, fuerza mayor o fenómenos naturales.

Se amplían las funciones de los testigos sociales dándole atribuciones de fuerza vinculatoria a las resoluciones que emitan en sus dictámenes sobre los procedimientos de licitación, a efecto de dar mayor transparencia y rendición de cuentas en los mismos, los cuales podrán participar en todos los procesos de licitación.

El programa anual de obra pública contenido en la iniciativa de Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos que se presente al Congreso del Estado, precisará la inversión, el lugar, el origen de los recursos de la misma, así como el plazo previsto para su ejecución, El presupuesto de cada obra pública deberá publicarse en el sistema Compra Net-Sinaloa.

Se propone un el fortalecimiento a las Mypimes, dándoles preferencia en los procedimientos de contratación; los programas de obra pública de cada año deberán ser autorizados por el Congreso del Estado y en los Cabildos, respectivamente, adjuntando en el programa los ejecutivos completos.






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